Caída o mordedura de perro
Lesionado en la propiedad de otra persona.
La respuesta corta
- Repórtelo antes de irse, al gerente, al dueño o al anfitrión, y consiga el reporte por escrito o al menos el nombre de la persona a quien se lo dijo. Una caída sin reportar es fácil de negar después.
- Fotografíe el peligro en ese momento. Los derrames se trapean, los focos se cambian y las alfombras se enderezan en menos de una hora.
- En Texas y Washington por lo general tiene que demostrar que el dueño sabía o debía haber sabido del peligro. California solo pregunta si el dueño actuó de manera razonable.
- Mordeduras de perro: California y Washington hacen responsable al dueño haya o no mordido el perro antes. Texas pregunta qué sabía el dueño sobre el perro.
- Una caída en propiedad pública arranca el plazo corto del reclamo al gobierno: seis meses en California y Texas, un formulario de reclamo y una espera de sesenta días en Washington.
Lo que el dueño le debía
La ley de los tres estados parte de la misma idea: quien controla una propiedad debe tener un cuidado razonable para que no lastime a las personas que entran en ella. Los estados difieren en cómo hacen la pregunta.
California la hace de manera directa. Quien es dueño, arrienda o controla una propiedad debe usar un cuidado razonable para mantenerla razonablemente segura, y el tribunal no separa a los visitantes en compradores, invitados e intrusos. La pregunta es qué habría hecho un dueño razonable dado lo probable que era que alguien se lastimara.
Texas y Washington todavía preguntan por qué estaba usted allí. A un comprador en una tienda se le debe lo máximo: el negocio debe usar un cuidado razonable frente a los peligros que conoce o debería descubrir, y en Texas debe corregir o advertir de los peligros ocultos que conocía o debía haber conocido. En Texas la persona lesionada por lo general carga con demostrar ese conocimiento. Washington lo relaja cuando el peligro era razonablemente previsible por la forma en que opera el negocio, como fruta en el piso de un pasillo de autoservicio.
En la práctica la pelea es casi siempre sobre el aviso: cuánto tiempo llevaba el derrame ahí, si alguien se había quejado de la escalera, si la luz llevaba una semana apagada. El video de la tienda, los registros de limpieza y los reportes de incidentes responden esas preguntas, y pertenecen al dueño. Un abogado los pide por escrito, temprano, antes de que se sobrescriban.
Mordeduras de perro
California y Washington hacen responsable al dueño de un perro por una mordedura a una persona en un lugar público o legalmente en propiedad privada, haya o no mostrado agresión el perro alguna vez. Washington agrega que la provocación por parte de la persona lesionada es una defensa completa. En Texas la regla viene de decisiones de la Corte Suprema de Texas. Un dueño que sabía o tenía razón para saber que el perro era peligroso es estrictamente responsable, salvo frente a un intruso. De lo contrario, la persona lesionada debe demostrar que el dueño manejó al perro con descuido.
Una póliza de propietario o de inquilino muchas veces cubre una mordedura de perro, así que un reclamo contra un vecino o un amigo suele ser un reclamo contra su aseguradora y no contra ellos. Consiga el registro de vacunas del perro, fotografíe la herida cada día, y reporte la mordedura a la agencia local de control de animales. Ese reporte es también la forma de proteger a la siguiente persona.
Por qué estos casos son más difíciles de lo que parecen
Una caída suena simple, y las aseguradoras tratan estos reclamos con más sospecha que casi cualquier otro. La persona lesionada tiene que demostrar lo que el dueño sabía, con pruebas que controla el dueño, contra el argumento de que cualquiera debió haber visto el peligro. Por eso un reclamo por una caída se beneficia de un abogado antes que un choque de auto: la carta de conservación del video y de los registros tiene que salir mientras todavía existen.
El plazo para demandar a un dueño privado es de dos años en California y Texas y tres en Washington.
Las reglas, con sus fuentes
Estas son las reglas de ley en las que se apoya esta página. Cada una es una afirmación general con excepciones que no se muestran, y cada una enlaza al estatuto, al reglamento o a la decisión judicial de donde viene. Las fuentes están en inglés.
| Tema | California | Texas | Washington |
|---|---|---|---|
| Lesiones en propiedad ajena | Quien es dueño, arrienda o controla una propiedad debe tener un cuidado razonable para mantenerla razonablemente segura. California no clasifica a los visitantes en categorías; la pregunta es si el dueño actuó de forma razonable ante la probabilidad de que alguien se lastimara. [1] | Lo que el dueño le debía depende de por qué estaba usted allí. Un negocio debe corregir, o advertir a sus visitantes, los peligros ocultos que conocía o debía conocer. Por lo general, la persona lesionada tiene que demostrar que el dueño sabía o debía saber de la condición. [2] | Lo que el dueño le debía depende de por qué estaba usted allí. Un negocio debe tener un cuidado razonable con los peligros que conoce o que debería descubrir. No siempre hay que demostrar que el dueño sabía del peligro específico, si este era razonablemente previsible por la forma en que opera el negocio. [3] |
| Mordeduras de perro | El dueño es responsable por una mordedura a alguien que estaba en un lugar público o legalmente en un lugar privado, sin importar si el perro había mordido antes. [4] | En Texas la regla viene de decisiones de la Corte Suprema de Texas. Un dueño que sabía o tenía razones para saber que el perro era peligroso puede ser responsable sin necesidad de probar descuido, salvo ante una persona que entró sin permiso al terreno del dueño. En los demás casos, el dueño puede ser responsable por manejar al perro con descuido. [5] | El dueño es responsable por una mordedura a alguien que estaba en un lugar público o legalmente en una propiedad privada, aunque el perro nunca antes hubiera mostrado agresividad. Probar que la persona lesionada provocó el ataque es una defensa completa. [6] |
| Si usted tuvo parte de la culpa | California reduce su compensación según su porcentaje de responsabilidad. No hay un límite: usted puede recuperar algo aunque haya tenido la mayor parte de la culpa. [7] | Texas reduce su compensación según su porcentaje de responsabilidad. Si se determina que usted tuvo más del 50 por ciento de la responsabilidad, no recupera nada. [8] | Su parte de la culpa reduce su compensación en ese porcentaje, pero no elimina su reclamo. Una excepción: una persona lesionada que estaba bajo la influencia del alcohol o las drogas puede perder todo su reclamo si eso fue una causa de la lesión y tuvo más del 50 por ciento de la culpa. [9] |
| Plazo para demandar por una lesión | Generalmente dos años por una lesión causada por un acto indebido o un descuido de otra persona. [10] | Dos años desde el día en que surge el reclamo. En la mayoría de los choques y caídas, ese es el día de la lesión. [11] | Tres años para la mayoría de los reclamos por lesiones. [12] |
| Reclamos contra una agencia del gobierno | Se debe presentar un reclamo por escrito a la ciudad, condado, agencia estatal u otra entidad pública dentro de seis meses. Si la entidad envía un rechazo por escrito en la forma debida, por lo general la demanda debe presentarse dentro de los seis meses siguientes a ese aviso. Una solicitud para presentar el reclamo tarde debe hacerse en un tiempo razonable, que no pase de un año desde que surgió el reclamo. La ley deja fuera de ese año unos pocos periodos muy limitados. [13] | Una ciudad, condado, distrito escolar o agencia estatal debe recibir aviso del reclamo dentro de los seis meses siguientes al incidente. El aviso describe la lesión o el daño, la fecha y el lugar, y lo que pasó. Los estatutos de una ciudad pueden fijar su propio plazo de aviso, que puede ser más corto, así que no suponga que tiene los seis meses completos. [14] | Antes de demandar a una ciudad, condado u otro gobierno local, usted debe presentar un formulario de reclamo a su agente designado y luego esperar 60 días calendario. Los reclamos contra el Estado se presentan ante la Oficina de Administración de Riesgos, con la misma espera de 60 días. El formulario debe presentarse dentro del plazo normal de prescripción, y ese plazo se detiene durante los 60 días. [15] |
Fuentes
- Cal. Civ. Code § 1714(a); Rowland v. Christian (1968) 69 Cal.2d 108; CACI No. 1001
- Corbin v. Safeway Stores, Inc., 648 S.W.2d 292 (Tex. 1983); Austin v. Kroger Texas, L.P., 465 S.W.3d 193 (Tex. 2015)
- Younce v. Ferguson, 106 Wn.2d 658 (1986); Tincani v. Inland Empire Zoological Society, 124 Wn.2d 121 (1994); Johnson v. Liquor & Cannabis Board, 197 Wn.2d 605 (2021)
- Cal. Civ. Code § 3342
- Marshall v. Ranne, 511 S.W.2d 255 (Tex. 1974); Bushnell v. Mott, 254 S.W.3d 451 (Tex. 2008)
- RCW 16.08.040; RCW 16.08.060
- Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804; CACI No. 405
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code §§ 33.001, 33.012
- RCW 4.22.005; RCW 5.40.060
- Cal. Code Civ. Proc. § 335.1
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 16.003(a)
- RCW 4.16.080(2)
- Cal. Gov. Code §§ 911.2, 911.4, 945.6
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 101.101
- RCW 4.96.020; RCW 4.92.100; RCW 4.92.110
Las reglas de esta página se cotejaron por última vez con estas fuentes el 3 de octubre de 2026. Las leyes cambian, así que siga el enlace antes de confiar en una regla.
Revisión por el abogado en curso. Abogado responsable: Emery Brett Ledger. Página actualizada por última vez el 26 de octubre de 2026.